Con la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana se creó el Informe de Evaluación de Edificios IEE, que sustituye al antiguo Informe Técnico del Edificio (ITE). Este Informe se ha creado con el objetivo de que los propietarios conozcan el estado completo del inmueble y su potencial de mejora y que las Administraciones Públicas tengan información actualizada sobre la situación del parque residencial español.
La IEE es de obligado cumplimiento para aquellos edificios con más de 50 años de antigüedad y es requisito indispensable para solicitar ayudas y subvenciones relacionadas con la rehabilitación de elementos comunes del edificio, como por ejemplo la fachada.
Además, incluye el certificado energético del edifico, obligado para la venta o alquiler de cualquiera de las viviendas del bloque, por lo que los vecinos se ahorran el tener que pasar el CE de su vivienda. Por otro lado incluye el tema de accesibilidad, analizando si el edificio tiene barreras arquitectónicas.
En resumen, los datos que conforman el IEE son:
- Datos generales del inmueble: referencia catastral, propiedad, sistemas constructivo, instalaciones, datos urbanísticos y del edificio.
- Estado de conservación: datos de las estructuras, cimentación, cubiertas, instalaciones y valoración del estado de conservación del edificio.
- Condiciones básicas de accesibilidad: datos de accesibilidad y señalización de edificio público o privado.
- Certificación energética: Es necesario el Certificado de Eficiencia Energética del edificio en conjunto en el caso de tipología residencial colectiva.
Desde Pérez-Lombard Arquitectos e Ingenieros, estamos a su disposición para aclararle cualquier duda o consulta.