Según la reciente normativa turística de la Junta de Andalucía, únicamente podrán destinarse dos viviendas turísticas de manera independiente por un mismo propietario. Cuando excede de dos viviendas de un mismo propietario destinadas a este fin turístico y éstas se encuentran inscritas en un radio de 2 km, es necesario tramitar dichas viviendas o apartamentos como CONJUNTO TURÍSTICO.
Esto requiere que las viviendas/apartamentos se adecuen al cumplimiento de la normativa turística de Andalucía, en cuanto a dimensiones mínimas de cada una de las estancias de la vivienda, cumplimiento de la accesibilidad, etc.
Desde Pérez-Lombard Arquitectura + Ingeniería nos ponemos a su entera disposición para la realización del estudio técnico de los apartamentos para el cumplimiento de la normativa, así como para asesorar al cliente sobre las actuaciones que debe llevar a cabo (si las necesitase) para poder inscribir sus viviendas dentro de un conjunto turístico.